Archivo | July, 2010

DECLARACIÓN DE LAS PROVINCIAS CORDILLERANAS SOBRE NORMATIVA EN MATERIA AMBIENTAL

Escrito el 06 July 2010 por CASEMI

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DECLARACION DE LAS PROVINCIAS CORDILLERANAS: AFIRMACIÓN DE SUS COMPETENCIAS EN MATERIA DE CUIDADO AMBIENTAL

 

Gobernadores y Funcionarios de las Provincias Cordilleranas (i) ante la necesidad impostergable de proteger los glaciares existentes en nuestros respectivos territorios, (ii) en el marco de un adecuado y equilibrado desarrollo sustentable, (iii) en ejercicio de competencias previstas en el artículo 41 de la Constitución Nacional, (iv) en los términos del artículo 12 de la Ley N° 25675, y (v) como normativa provincial complementaria más gravosa del sistema de evaluación de impacto ambiental previo previsto como presupuesto mínimo en la Ley General del Ambiente N° 25675, (vi) en el marco del foro interdisciplinario de las Provincias cordilleranas para la discusión de las medidas a adoptar en orden a la protección de los glaciares, referido por el artículo 3º del decreto 1837/2008, venimos a realizar la presente declaración y a proyectar un modelo de ley provincial de protección de glaciares (que se adjunta como Anexo I a la presente), y que cada uno de los firmantes se compromete a impulsar en sus respectivas legislaturas provinciales

En consecuencia, en pleno ejercicio del Federalismo, y en uso de facultades, competencias y jurisdicciones las Provincias Cordilleranas deseamos manifestar:                  

1°.- QUE de conformidad con el artículo 124 de la Constitución Nacional, todos los Recursos Naturales incluidos los glaciares son del dominio de aquella provincia en cuyo territorio se encuentren. 

2°.- QUE los gobiernos provinciales de las Provincias Cordilleranas se encuentran comprometidos con la protección del medio ambiente existente en cada uno de sus territorios, siendo el federalismo un sistema político de distribución territorial de las competencias que permite resolver con eficacia las cuestiones ambientales particulares y verificables en los territorios de cada una de dichas Provincias.

3°.- QUE resulta imprescindible la protección de aquellos glaciares existentes en nuestros territorios que cumplan funciones como reservas estratégicas de recursos hídricos o como proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas y por tanto acordamos en la necesidad de su preservación como tales, todo ello en el marco de un adecuado y equilibrado desarrollo sustentable que permita que las actividades productivas y de servicios puedan satisfacer las necesidades y el desarrollo económico de nuestras provincias sin comprometer las necesidades de las generaciones futuras, proveyendo así al derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo y crecimiento humano presente y futuro.

4°.- QUE el referido desarrollo sustentable con protección y cuidado del ambiente es política de estado en cada una de nuestras Provincias.

5°.- QUE con miras a ello y especialmente en lo que respecta a los glaciares, se continuará en cada una de las provincias con la tarea encarada de identificar y caracterizar los glaciares existentes en cada uno de nuestros territorios, para  incluirlos en los Inventarios Provinciales de Glaciares que se confeccionarán a esos especiales efectos.

6°.- QUE el artículo 41 de la Constitución Nacional dispone que corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección ambiental, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Que en virtud de ello, el establecimiento de presupuestos mínimos ambientales por parte de la Nación debe limitarse a fijar legislación de base, quedando como competencia de las Provincias, las atribuciones de legislar por encima de ello y establecer parámetros ambientales más rigurosos de acuerdo a su especial situación.

7°.- QUE en ejercicio de la facultad de dictar normas que establezcan los Presupuestos Mínimos Ambientales (delegada a la Nación conforme al artículo 41 de la Constitución Nacional), el Congreso Nacional ha dictado la Ley de Presupuestos Mínimos Ambientales N° 25675, conocida como “Ley General del Ambiente”.

8°.- Que a través de dicha “Ley General del Ambiente”, el Congreso Nacional ha establecido como presupuesto mínimo ambiental para todo el territorio de la nación un “sistema de evaluación de impacto ambiental previo” a la autorización de toda obra o actividad susceptible de degradar el ambiente (Conf. Arts. 11, 12 y 13 de la Ley N° 25675). En tal sentido, resulta inadmisible establecer normas de presupuestos mínimos fijando la prohibición para el desarrollo de algunas actividades en particular.

9°.-  Que para la adecuada e impostergable protección de los glaciares existentes en nuestros territorios, resulta imprescindible para las Provincias proceder en los términos del artículo 41 de la Constitución Nacional y del artículo 12 de la “Ley General del Ambiente”, a complementar el “sistema de evaluación de impacto ambiental previo” fijado por la Nación como presupuesto mínimo, estableciendo mediante la correspondiente legislación provincial un requisito ambiental más riguroso aplicable a todos los estudios de impacto ambiental que se presenten para la aprobación de cualquier actividad que se proyecte en glaciares, sin realizar discriminación alguna de actividades.

10°.- Que de conformidad con el modelo de ley provincial de protección de glaciares que se adjunta al presente como Anexo I y que los firmantes de esta declaración comprometen impulsar en sus respectivas legislaturas locales, se debe:

(i)-Concluir a la brevedad posible en cada una de las Provincias el Inventario Provincial de Glaciares, a cargo de autoridad provincial idónea.

(ii)- Establecer como requisito ambiental más riguroso que el presupuesto mínimo de evaluación ambiental, un contenido mínimo obligatorio dedicado a glaciares y aplicable sin discriminación a todas las actividades que se proyecten en los mismos.

(iii)- Prohibir aquellas actividades proyectadas en glaciares cuya ejecución, según la evaluación de impacto ambiental respectiva, impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance degradando las funciones como reservas estratégicas de recursos hídricos o proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas.

 

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Julio de 2010.

 

FUENTE: SECRETARÍA DE MINERÍA DE LA NACIÓN ARGENTINA

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Más cobre en Calingasta

Escrito el 05 July 2010 por CASEMI

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San Juan: Más cobre en Calingasta

 

El potencial minero cordillerano de Argentina está fuera de discusión, y la provincia de San Juan es el buque insignia: a la puesta en producción de Veladero y Gualcamayo, hay que agregar el inicio de la construcción de proyectos como el binacional Pascua-Lama y Casposo.

El norte cordillerano de la provincia de San Juan podría estar asociado a metales preciosos, especialmente en el Departamento de Iglesia, mientras que el sur de la provincia cuyana está mostrando un perfil distinto: una amplia presencia y desarrollo de pórfidos de cobre similares en términos geológicos a ciertos yacimientos en Chile como Los Pelambres, Andina y El Teniente, todas minas de cobre de clase mundial.

Por lo tanto, el Departamento de Calingasta podría tener un perfil más perfilado hacia los metales base como el caso del cobre con depósitos como El Pachón, Los Azules y El Altar, por citar solo algunos ejemplos.

El Pachón, operado por Xstrata está realizando amplios trabajos de base ambiental, y luego de una campaña perforatoria se realizará una actualización del Estudio de Prefactibilidad, gracias al amplio crecimiento en el recurso minero.

En cuanto a Los Azules, la canadiense Minera Andes Inc. ha perforado más de 8.500 metros durante esta temporada, y se está vislumbrando un cuerpo mineralizado que tendría una dimensión no muy lejana a El Pachón. La compañía está comprometida a seguir trabajando en el desarrollo del proyecto durante la próxima temporada, para de esta forma acceder a un Estudio de Prefactibilidad.

Finalmente, hay otro proyecto que está en una instancia posterior a los dos ya nombrados, pero también está empezando a moverse: El Altar, operado por Peregrine Metals.

La campaña perforatoria 2010 en el pórfido de cobre-oro El Altar, correspondiente a 76 pozos, los resultados han sido muy positivos: largos intervalos de mineralización cuprífera, en una zona donde Peregrine está trabajando para confirmar un recurso cuprífero lixiviado, inclusive hasta una profundidad de 814 metros.

Algunos de los resultados destacados incluyen intercepciones de hasta 0,957% de cobre en 191 metros y 1,289% de cobre en 74 metros. Otras destacadas intercepciones incluyen 0,497% de cobre en 504 metros.

No hay necesidad alguna de aclarar que San Juan es una provincia minera, pero si se puede reafirmar que el sur cordillerano de la provincia, particularmente el Departamento de Calingasta, es sede de importantes yacimientos cupríferos que podrían convertirse en minas, y por lo tanto San Juan –y Argentina- podría confirmar un importante status de productor de cobre, sumado a la provincia de Catamarca con Bajo la Alumbrera.

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Mendoza y la necesidad de una reforma urgente

Escrito el 05 July 2010 por CASEMI

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La Provincia de Mendoza, y la necesidad de una reforma urgente

 

Hay un antes y un después para la industria minera de Mendoza con la sanción de la Ley Nº 7.722, ya que la misma prohíbe “el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo.”

Como punto de partida hay que informar que hasta el momento no ha habido en la República Argentina un solo caso de contaminación comprobado; el resto es “ruido” que realmente “contamina” cualquier marco de debate ordenado y racional, y por lo tanto “impactando” en el desarrollo de las personas y regiones.

La provincia de Mendoza se ha caracterizado por ser un amplio e histórico productor vitivinícola, pero no hay que olvidar que allí en el sur, muy cerca de Neuquén, más precisamente en el Departamento de Malargüe, hay otro modelo de desarrollo económico histórico, ligado más precisamente con los recursos naturales: la producción de petróleo, carbón, soda solvay, uranio y yeso.

Y es en el Departamento de Malargüe donde se encuentra uno de los mayores yacimientos de potasio del mundo: Potasio Río Colorado, operado por la brasilera Vale. Cuando entre en funcionamiento, este proyecto producirá 2,5 MT de potasio durante 40 años, asegurando el futuro del sur mendocino. En agosto de 2009 el proyecto obtuvo la Declaración de Impacto Ambiental, y por lo tanto ya se encuentra en condiciones técnicas de comenzar con su construcción.

Más al norte, y cerca de San Juan, en Uspallata se localiza el Proyecto San Jorge, de la canadiense Coro Mining, un pórfido de cobre. Este proyecto ya superó con amplitud la instancia de los dictámenes sectoriales prevista por ley.

Si los dictámenes indican que estos proyectos cumplen con la normativa vigente, incluyendo rigurosos análisis ambientales ¿Por qué no pueden iniciar sus actividades? ¿A quién le molesta y/o estorba la minería?

La minería moderna brinda un modelo de crecimiento participativo, sostenible en lo económico y sustentable en lo ambiental, ofreciendo posibilidades de desarrollo donde las oportunidades son muy pocas.

El potencial minero de Mendoza –sumado a Potasio Río Colorado y San Jorge- es excepcional, porque comparte una gran similitud mineralógica con sur de la provincia de San Juan y Chile, es decir pórfidos de cobre.

Está comprobado que la vigencia de la Ley Nº 7.722 es de inutilidad absoluta, porque por un infundado temor se están prohibiendo las posibilidades de crecimiento de otras regiones.

El progreso y la evolución están asociados con la producción, y de eso se trata la minería, producción con respeto por el medioambiente, las personas, el cumplimiento de las normativas vigentes –en muchos casos superando los más rigurosos estándares-, empleo y capacitación de mano de obra.

Ya es momento de reformar la realidad minera de Mendoza, y derogar la Ley Nº 7.722: la minería no tiene nada que esconder, y como se indicara previamente no hay un solo caso de contaminación comprobada.

 

FUENTE: PANORAMA MINERO.

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Las Universidades Nacionales sobre la Actividad Minera

Escrito el 05 July 2010 por CASEMI

Declaración de las Universidades Nacionales sobre la Actividad Minera

 

Académicos e investigadores de distintas universidades publicas del país concurrieron al encuentro denominado “La Minería Argentina y las Universidades”, que se desarrolló los días 23 y 24 de junio en la ciudad de Córdoba.

Medio centenar de docentes, investigadores y autoridades académicas de las Universidades Nacionales de Catamarca, Comahue, Córdoba, Cuyo, Jujuy, La Rioja, Salta, San Juan, San Luis, San Martín y Tucumán, debatieron en ambas jornadas la realidad minera nacional, las ventajas del desarrollo de la industria y las utilidades que distribuye anualmente la Empresa Estatal, Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio, YMAD, por la explotación de sus yacimientos en la provincia de Catamarca.

En una declaración conjunta, elaborada y firmada por todos los concurrentes se destacó que el debate sobre la viabilidad del desarrollo minero, conlleva “la inclusión simultánea de aspectos sociales, culturales, económicos, políticos y ambientales”, los que son “fundamentales en el desarrollo sostenible y propios de la minería responsable”.

Especifican claramente que “la extracción minera es una actividad lícita y legal que se desarrolla en armonía con todos los sectores productivos”.

Al mismo tiempo los docentes señalaron en este documento que asumen “el rol, como universitarios, de participar del desarrollo minero argentino, en la medida en que éste contribuya al bienestar de la población, en el marco del uso racional de los recursos naturales”. Y que es “imprescindible la necesidad de sostener y exigir a todos los actores del sector minero argentino, una comunicación eficaz y eficiente, sin dejar de exhibir una mirada crítica y constructiva”.

En ambas jornadas, que fueran coordinadas por el Grupo Académicos por temáticas Sustentables, APORTES, se profundizó la implementación y puesta en marcha de una red nacional e internacional de académicos y científicos, por medio de redes sociales que sirvan de nexo entre ellos y la sociedad. Desde esta iniciativa se tiende a dar mayor información y precisión a los distintos matices de la industria minera, la óptica de estos profesionales y la generación de opinión esclarecedora para toda la comunidad en temas sensibles como lo son el uso de los recursos naturales.

Al mismo tiempo en diferentes mesas de trabajo se abordó la descripción de la actual realidad minería-universidad-sociedad, mediante un profundo análisis de las debilidades y fortalezas que presenta esta realidad.

En la apertura del encuentro se escucho la disertación del Dr. Manuel Benitez, presidente de la empresa YMAD y de la Cámara Argentina de Empresarios Mineros, CAEM, invitado especialmente para esta ocasión. Tras su presentación, hubo un amplio intercambio de ideas mediante preguntas y respuestas entre el expositor y los participantes del encuentro.

El Departamento de Ingeniería en Minas de la UNCA participó del debate.

El Ing. Pedro Carreño, Director del Departamento de Ingeniería en Minas, detalló “que el aporte de la empresa minera estatal al ser analizadas por cada unidad académica de las universidades, generó algunas contradicciones, en carreras profesionales de Córdoba y Salta relacionadas al tema minero aceptaban los dividendos pero no así las autoridades de las Casas de Altos Estudios a las cuales pertenecían”.

Carreño aseguró la mayoría de los académicos del NOA y el nuevo Cuyo, Córdoba, Rosario, Buenos Aires, San Juan, San Luís, El Comahue de Neuquén, Salta Jujuy, Tucumán y otras provincias entendieron que los beneficios otorgados por YMAD no son dadivas de las empresas sino que forman parte de su presupuesto al ser utilidades de una empresa del estado.

Tras desestimar las denuncias de contaminación contra la minería a cielo abierto, comunicó que los estudiantes de Ingeniería en Minas realizaron el día sábado prácticos en el complejo minero de Bajo de la Alumbrera, también anticipó que relacionado al tipo de molienda de minerales que utiliza la empresa, se llevará a cabo un curso el próximo jueves y viernes en la Universidad Nacional de Catamarca, cuyas autoridades han planificando un encuentro de Minería y Comunicación para los próximos días.

 

Declaración de los Docentes e Investigadores Universitarios

En la ciudad de Córdoba, República Argentina, a los 24 días del mes de Junio de 2010, los abajo firmantes, docentes, investigadores y autoridades académicas de las Universidades Nacionales de Catamarca, Comahue, Córdoba, Cuyo, Jujuy, La Rioja, Salta, San Juan, San Luis, San Martín y Tucumán

 

CONSIDERANDO,

Que el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales es compatible con la protección de la naturaleza;

Que los recursos mineros son estratégicos y esenciales para la calidad de vida, el crecimiento económico y la equidad de las generaciones actuales y futuras de nuestro país;

Que necesariamente deben contribuir al desarrollo económico y social, y a la superación de la pobreza;

Que la inclusión simultánea de aspectos sociales, culturales, económicos, políticos y ambientales, son fundamentales en el desarrollo sostenible y propios de la minería responsable;

Que la extracción minera es una actividad lícita y legal que se desarrolla en armonía con todos los sectores productivos;

Que es necesario contar con instituciones sólidas, políticas prudentes, procesos transparentes, acceso a la información y participación equitativa en la adopción de decisiones;

Que la vinculación entre todos los actores involucrados debe ser permanente, estrecha y responsable;

Que en nuestro país existen organizaciones y grupos que se oponen al desarrollo de la actividad minera y, en casos extremos, a su absoluta prohibición;

 

Por ello declaramos:

*

Que asumimos el rol, como universitarios, de participar del desarrollo minero argentino, en la medida en que éste contribuya al bienestar de la población, en el marco del uso racional de los recursos naturales;

*

Que es imprescindible la necesidad de sostener y exigir a todos los actores del sector minero argentino, una comunicación eficaz y eficiente, sin dejar de exhibir una mirada crítica y constructiva.

*

Que las Universidades deben contribuir a la generación de conocimientos y difusión de información sobre mejores prácticas y sobre los impactos económicos, sociales y ambientales, especialmente en temas tales como en el uso de sustancias químicas, remediación, uso del agua, métodos de explotación, tributación, distribución de beneficios, patrimonio cultural, etc..

*

Que las Universidades deben promover su participación para la prevención y solución de conflictos sociales.

*

Que es necesario constituir una red que relacione a especialistas en temas vinculados a la minería de todas las universidades nacionales

*

Que es necesario armonizar la gestión del Estado y las universidades y contar con organismos de control multidisciplinarios para favorecer los aportes del sector al desarrollo.

*

Que debemos generar el marco de discusión y debate sobre la actividad minera sustentable, que contribuya a esclarecer a toda la comunidad asumiendo la universalidad del conocimiento;

*

Que se debe promover la legítima participación de la comunidad en el análisis y el debate minero;

*

Que en este marco vemos la necesidad de debatir e involucrarnos en otros temas de vital importancia para el desarrollo del País, como son el modelo agropecuario, la matriz energética y la política petrolera, entre otros.

 

 

FUENTE: PANORAMA MINERO

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